Marca lo que falla en tu registro horario y mira entre qué cifras se mueve la multa según la ley.
La Inspección propone el grado según la intencionalidad, el número de trabajadores afectados, la cifra de negocio o el perjuicio causado (art. 39.2 LISOS). En 2024 la media fue de unos 1.600 € por acta de registro de jornada, cerca del grado mínimo.
Cálculo orientativo con los importes de la LISOS (arts. 7.5, 39, 40, 41 y 50).
La multa real la fija la autoridad laboral según cada caso.
No llevar el registro, llevarlo mal, no conservarlo 4 años o incumplir las normas de horas extra. Todo va por el artículo 7.5 de la LISOS.
De 751 a 1.500 €, de 1.501 a 3.750 € y de 3.751 a 7.500 € (art. 40). El grado depende de la intencionalidad, los trabajadores afectados, la cifra de negocio o el perjuicio causado (art. 39).
No entregar los registros en una visita es obstrucción grave. Impedir la entrada al inspector o coaccionarle es muy grave, de 7.501 a 225.018 € (art. 50).
Si repites la misma infracción en los 365 días siguientes a una sanción firme, la multa puede subir hasta el doble del grado, sin pasar del máximo de su clase (art. 41).
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