En corto: la jornada máxima baja de 48 a 46 horas el 1 de enero de 2027 y sigue bajando 2 horas cada año hasta llegar a 40 en 2030. El sueldo no se puede tocar. Si tu gente hace hoy 48 horas, en enero te sobran 2 por persona y semana, y tienes tres salidas: reorganizar el horario, pagarlas como tiempo extra o contratar más gente. El simulador les pone números a las tres.
Qué cambia cada 1 de enero
El decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026 dejó el artículo 59 de la LFT en 40 horas semanales, pero el camino es gradual. El transitorio Segundo marca la jornada de cada año y el Cuarto, el tope de tiempo extra que se paga al doble. Lo que pase de ese tope se paga al triple y, según el artículo 68, no puede ser más de 4 horas a la semana.
| Desde el 1 de enero de | Jornada máxima | Tiempo extra al doble | Al triple, como máximo | Lo más que se puede trabajar a la semana |
|---|---|---|---|---|
| 2026 | 48 h | 9 h | 4 h | 61 h |
| 2027 | 46 h | 9 h | 4 h | 59 h |
| 2028 | 44 h | 10 h | 4 h | 58 h |
| 2029 | 42 h | 11 h | 4 h | 57 h |
| 2030 | 40 h | 12 h | 4 h | 56 h |
En 2026, el límite de 4 horas al triple aplica desde el 1 de mayo, cuando entró en vigor el decreto. La STPS también da la cifra de 56 horas como máximo semanal con la jornada de 40.
Lo que no cambia: los máximos diarios del artículo 61 (8 horas la diurna, 7 la nocturna y 7 y media la mixta), el día de descanso por cada seis de trabajo del artículo 69 y la prima dominical de al menos el 25 % del artículo 71. Tienes el calendario explicado con más detalle en jornada de 40 horas: calendario 2026-2030.
Las tres formas de absorber las horas
1. Reorganizar el horario
Es la salida más directa: misma gente, menos horas, mismo sueldo. El transitorio Séptimo lo dice sin rodeos:
«En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.»
Tu nómina no cambia, pero cada hora trabajada te sale más cara. Con un horario de 48 horas, pasar a 46 encarece la hora un 4.3 %, y llegar a 40 la encarece un 20 %. El simulador te propone cómo quedaría la semana recortando el último día o repartiendo el recorte entre todos. El nuevo segundo párrafo del artículo 58 permite distribuir la jornada de común acuerdo entre la empresa y las personas trabajadoras, así que conviene que el horario nuevo salga hablado, no impuesto.
2. Pagar la diferencia como tiempo extra
Se puede hacer, pero con dos frenos. El artículo 66 permite prolongar la jornada «por circunstancias extraordinarias», y el 68 dice que nadie está obligado a trabajar más del tiempo permitido. Sirve para un pico de trabajo, no como horario fijo para todo el año. El simulador te dice cuánto costaría para que lo compares, no para que lo tomes como plan.
Hay un tercer freno: si algún día hay un juicio, te toca probar esas horas. El artículo 784 pone en el patrón la carga de probar la jornada ordinaria y la extraordinaria cuando esta no pasa de nueve horas a la semana. Sin un registro fiable, lo tienes difícil. Lo explicamos en qué pasa si te demandan y no tienes control de asistencia.
3. Contratar o redistribuir
Si las horas que pierdes hacen falta sí o sí, alguien las tiene que cubrir. El simulador traduce las horas perdidas de toda la plantilla a personas de tiempo completo con la jornada de ese año, y te da lo que costaría su salario base. Muchas veces la respuesta es una mezcla: reorganizar donde se puede y cubrir solo los huecos de más demanda.
Un ejemplo con números: una tienda de 8 personas
Una tienda abre de lunes a sábado y sus 8 colaboradores hacen jornada diurna de 8 horas diarias, 48 a la semana, con un salario diario de 450 pesos. La hora ordinaria vale 56.25 pesos (450 entre 8).
| Año | Horas de más por persona | Pagarlas como tiempo extra (al año, los 8) | Cuánto sube la hora si recortas | Personas de tiempo completo para cubrirlas |
|---|---|---|---|---|
| 2027 | 2 h | $93,600.00 | 4.3 % | 0.35 |
| 2028 | 4 h | $187,200.00 | 9.1 % | 0.73 |
| 2029 | 6 h | $280,800.00 | 14.3 % | 1.14 |
| 2030 | 8 h | $374,400.00 | 20 % | 1.6 |
La cuenta de 2027: 2 horas extra por persona a la semana, al doble, son 225 pesos (2 × 56.25 × 2). Por 52 semanas y 8 personas, 93,600 pesos al año. En 2030 las 8 horas de más siguen cabiendo en el tope de 12 al doble, y la cuenta sube a 374,400 pesos.
Recortando el último día, la semana queda así: el sábado pasa a 6 horas en 2027, a 4 en 2028, a 2 en 2029 y desaparece en 2030, cuando la tienda se queda con lunes a viernes de 8 horas. Si el sábado es su mejor día de ventas, a lo mejor le conviene más repartir el recorte entre semana y cubrir el sábado con turnos. Eso es justo lo que el simulador te deja comparar.
Lo que conviene hacer antes del 1 de enero
- Mide las horas reales, no las del contrato. Si hoy hay quien se queda de más sin que conste, en 2027 esas horas empiezan a pesar antes.
- Haz la cuenta por área. No es lo mismo la cocina que la caja o el almacén. Pon en el simulador cada grupo con su horario.
- Platica el horario nuevo con tu equipo y déjalo por escrito. Arma el rol de enero con el generador de rol de turnos.
- Revisa el umbral del triple en tu nómina. En 2027 sigue en 9 horas, pero en 2028 pasa a 10. Con la calculadora de horas extra ves el reparto de cada año.
- Ten en cuenta el registro electrónico. El mismo 1 de enero de 2027 entran en vigor las disposiciones del registro electrónico de jornada del artículo 132, fracción XXXIV (transitorio Quinto). La STPS ha dicho que lo aplicará de forma gradual, empezando por las empresas grandes y medianas. Lo contamos en registro electrónico de jornada desde 2027.
Que las horas las cuente el sistema
CheckInGO calcula cada noche las horas de más de cada colaborador a partir de sus checadas y de la jornada que le configuras, con banco de horas si lo activas. Desde $350 MXN al mes hasta 10 colaboradores, 7 días gratis.
Probar gratis →Preguntas frecuentes
¿Cuándo baja la jornada a 46 horas?
El 1 de enero de 2027, según el transitorio Segundo del decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026. Después baja a 44 horas en 2028, a 42 en 2029 y a 40 en 2030, siempre a partir del 1 de enero.
¿Puedo mantener las 48 horas y pagar las horas de más como tiempo extra?
El artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo permite prolongar la jornada por circunstancias extraordinarias, pagando esas horas al doble dentro del tope semanal, que es de 9 horas en 2027. Usarlo para sostener cada semana el horario de siempre no es para lo que está pensado, y nadie está obligado a trabajar más del tiempo permitido (artículo 68). El simulador te dice cuánto costaría para que lo compares con las otras opciones.
¿Puedo bajar el sueldo si reduzco las horas?
No. El transitorio Séptimo del decreto dice que en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
¿La reforma obliga a dar dos días de descanso?
No. El artículo 69 reformado sigue pidiendo al menos un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo. La reforma fija un máximo de horas a la semana, no un número de días.
¿Cómo se calcula lo que cuesta una hora extra?
La forma habitual es dividir el salario diario entre las horas de la jornada diaria: 8 en la diurna, 7 en la nocturna y 7 y media en la mixta. Las horas extra dentro del tope semanal se pagan al doble y las que lo pasan, hasta 4 más a la semana, al triple (artículos 66 y 68 de la LFT).
¿Qué pasa con la jornada nocturna y la mixta?
Los máximos diarios del artículo 61 siguen igual: 7 horas la nocturna y 7 y media la mixta. El límite semanal es el mismo para todas. Una jornada nocturna de lunes a sábado suma 42 horas: cabe hasta 2029 y en 2030 pasa por 2. Una mixta de seis días suma 45: cabe en 2027 y en 2028 pasa por 1.
¿El simulador guarda mis datos?
No. La cuenta se hace en tu navegador y no se envía nada a CheckInGO.
Este simulador y este artículo tienen carácter informativo y no son asesoría jurídica. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o a un abogado laboral.
Fuentes oficiales
- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral. DOF del 1 de mayo de 2026, edición vespertina. SIDOF
- Ley Federal del Trabajo vigente, arts. 58, 59, 61, 66, 67, 68, 69, 71 y 784. Cámara de Diputados
- Reducción de la jornada laboral a 40 horas: preguntas frecuentes, 25 de marzo de 2026. STPS