Si eres autónomo y tienes trabajadores a tu cargo, seguramente te hayas preguntado: ¿estoy obligado a llevar un control horario de mis empleados? La respuesta corta es sí, y en este artículo te explicamos exactamente qué dice la ley, desde cuántos empleados, las multas a las que te expones y las opciones que tienes para cumplir sin complicaciones.
1. ¿Qué dice la ley exactamente para autónomos con trabajadores?
El Real Decreto-ley 8/2019, en vigor desde mayo de 2019, obliga a todas las empresas, independientemente de su tamaño o forma jurídica, a llevar un registro diario de jornada de sus trabajadores. Esto incluye a autónomos con empleados.
La ley exige:
- Registrar la hora exacta de inicio y finalización de cada jornada.
- Conservar los registros durante 4 años.
- Poner los registros a disposición de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo.
El autónomo no está obligado a fichar su propia jornada (salvo que también sea empleado de su propia empresa, lo cual no es lo habitual). Solo debe registrar las horas de sus trabajadores por cuenta ajena.
📌 Ejemplo real: Un autónomo que regenta un bar con 2 camareros y una cocinera. El autónomo no necesita fichar su propia jornada, pero sus 3 empleados sí deben tener un registro diario de entrada y salida.
Para más detalle sobre la normativa general, consulta nuestro artículo sobre el Real Decreto de Fichaje Digital 2026.
2. ¿Desde cuántos empleados es obligatorio?
Desde el primer empleado. No hay un umbral mínimo. La ley no dice "a partir de 5 empleados" o "solo para empresas con más de 10". La obligación nace con la primera contratación laboral.
Esto significa que si eres autónomo y tienes:
- 1 empleado → obligado.
- 2 empleados → obligado.
- 5, 10 o 20 empleados → obligado.
La única excepción son los trabajadores autónomos sin empleados (autónomos individuales que trabajan solos). Ellos no están obligados a registrar su propia jornada, salvo que su convenio colectivo o contrato así lo exija.
⚠️ Atención: Muchos autónomos creen erróneamente que la ley solo aplica a grandes empresas. Es un error común que puede costar caro. La Inspección de Trabajo está prestando especial atención a pequeños negocios (hostelería, comercios, construcción).
3. Qué pasa si te pillan sin registro (datos oficiales ITSS)
Las sanciones por no llevar un control horario son las mismas para un autónomo que para una gran empresa. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) clasifica estas infracciones como graves o muy graves.
- Infracción grave: Multas de 751€ a 7.500€. Por ejemplo, no tener ningún sistema de registro.
- Infracción muy grave: Multas de 7.501€ a 187.515€. Por ejemplo, manipular los registros o impedir el acceso a la Inspección.
Según la Memoria Anual de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) 2024, se levantaron 1.869 actas de infracción relacionadas con el registro horario, con multas por un total de 20,19 millones de euros. Muchas de ellas, a pequeños negocios y autónomos con empleados.
Para conocer todos los detalles sobre las sanciones, lee nuestro artículo completo sobre multas por no tener control horario.
⚠️ ¿Eres autónomo y aún no tienes control horario? El riesgo de sanción es real y las multas empiezan en 751€.
Ver cómo protegerte →4. Opciones para llevarlo: Excel vs app
Como autónomo, tienes varias opciones para cumplir con la ley. Estas son las más comunes:
Opción A: Excel o Google Sheets
Es la opción más económica (gratuita) y la que muchos autónomos eligen al principio. Pero tiene riesgos importantes:
- No es trazable: Cualquier modificación no deja rastro.
- La Inspección lo cuestiona: En sus informes, la ITSS advierte que los sistemas manuales no garantizan la integridad de los registros.
- La jurisprudencia lo ha sancionado: La Audiencia Nacional ya ha multado a empresas por usar sistemas no trazables (multas de hasta 187.515€).
Si quieres saber más, te recomendamos leer nuestro artículo: ¿Vale un Excel como registro horario en 2026?
Opción B: Aplicación especializada como CheckInGO
Es la opción recomendada por su sencillez, precio y cumplimiento legal. Con una app de fichaje digital:
- Cumples 100% con la ley: Registros inmutables con timestamp certificado.
- Sin complicaciones para tus empleados: Fichan desde su móvil en 2 segundos.
- Preparado para la Inspección: Generas informes PDF en segundos.
- Precio asequible: Desde 19€ al mes para hasta 10 empleados.
Para autónomos con trabajadores que se desplazan (repartidores, comerciales, cuidadores), una app también permite fichar sin máquina ni internet, como explicamos en cómo fichar empleados sin máquina.
| Característica | Excel / Google Sheets | CheckInGO (app) |
|---|---|---|
| Precio mensual | 0€ (gratuito) | 19€ (hasta 10 empleados) |
| Trazabilidad de registros | ❌ No | ✅ Sí (timestamp certificado) |
| Fácil de usar para empleados | ❌ Medio (requiere ordenador) | ✅ Sí (desde móvil) |
| Acceso para Inspección | ❌ Complicado | ✅ Enlace temporal en segundos |
| Informes legales automáticos | ❌ Manual | ✅ Automático |
| Riesgo de sanción | ⚠️ Alto | ✅ Muy bajo |
Conclusión: Aunque Excel es gratis, el riesgo de sanción y el trabajo manual no compensan. Por 19€ al mes te olvidas del problema y cumples la ley sin estrés.
5. CheckInGO desde 19€: la solución para autónomos
CheckInGO está diseñado pensando en autónomos y pequeñas empresas. No necesitas instalar nada, no necesitas relojes ni hardware. Tus empleados fichan desde su propio móvil o desde cualquier navegador.
Ventajas para autónomos:
- Setup en 2 minutos: Das de alta a tus empleados y listo.
- Precio fijo de 19€/mes para hasta 10 empleados.
- Sin permanencia: Cancela cuando quieras.
- Cumple con la ley al 100%: Incluyendo el futuro Real Decreto.
- Soporte prioritario en español: Resolvemos tus dudas en minutos.
Además, si tus empleados trabajan en distintas ubicaciones (repartidores, comerciales, personal de limpieza), CheckInGO les permite fichar desde cualquier lugar sin necesidad de internet.